Elaboración de la matriz IPERC
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Elaboración de la matriz IPERC: cómo identificar riesgos laborales y cumplir con la normativa peruana

Una matriz IPERC bien elaborada permite identificar peligros, evaluar riesgos y establecer medidas de control antes de que ocurra un accidente. Para las empresas, no se trata solamente de cumplir con un requisito documental, sino de proteger a sus trabajadores, fortalecer su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) y reducir la exposición a sanciones por incumplimientos.

¿Qué es la matriz IPERC y para qué sirve?

La matriz IPERC es una herramienta de gestión preventiva cuyo nombre corresponde a la Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Determinación de Medidas de Control.

Su finalidad es reconocer las condiciones, actividades y situaciones que pueden ocasionar accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales, evaluar la magnitud de los riesgos y establecer medidas para eliminarlos o reducirlos.

En el Perú, su aplicación se sustenta en la Ley N.° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y en su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 005-2012-TR, y sus modificatorias.

En particular, el artículo 57 de la Ley N.° 29783 establece que el empleador debe actualizar la evaluación de riesgos, como mínimo, una vez al año y también cuando cambien las condiciones de trabajo o se produzcan daños a la seguridad y salud de los trabajadores.

Por tanto, contar con una matriz IPERC no significa únicamente tener un archivo firmado. La empresa necesita que su contenido refleje las condiciones reales de trabajo y que las medidas de prevención identificadas se implementen y se verifique su eficacia.

¿Por qué es importante elaborar correctamente la matriz IPERC?

Un peligro que no se identifica oportunamente puede convertirse en un accidente, una lesión o una enfermedad ocupacional. La evaluación preventiva permite actuar antes de que estas situaciones ocurran.

Una matriz IPERC correctamente elaborada ayuda a:

  • Prevenir accidentes de trabajo: identificar peligros asociados a máquinas, herramientas, instalaciones eléctricas, trabajos en altura, tránsito interno y otras actividades.
  • Proteger la salud de los trabajadores: reconocer la exposición a ruido, vibraciones, sustancias químicas, agentes biológicos, posturas forzadas, movimientos repetitivos y factores de riesgo psicosocial.
  • Priorizar las medidas preventivas: determinar qué riesgos requieren intervención inmediata y qué controles deben implementarse.
  • Orientar las capacitaciones: establecer qué conocimientos y prácticas preventivas necesita el personal según sus funciones y los riesgos a los que está expuesto.
  • Mejorar las condiciones de trabajo: identificar deficiencias en los procedimientos, equipos, instalaciones y organización de las actividades.
  • Sustentar la gestión preventiva: disponer de información documentada para realizar el seguimiento de los riesgos y demostrar las acciones adoptadas.

Estas funciones se relacionan con el artículo 50 de la Ley N.° 29783, que establece las medidas de prevención a cargo del empleador, incluyendo la eliminación de los riesgos en su origen y la aplicación de sistemas de control cuando no sea posible eliminarlos.

¿Qué empresas deben contar con una matriz IPERC?

La obligación de gestionar los riesgos laborales no se limita a las grandes industrias o a las empresas de construcción y minería.

La Ley N.° 29783 establece el marco general de seguridad y salud en el trabajo aplicable a los empleadores comprendidos en su ámbito. En consecuencia, las empresas deben identificar y evaluar los riesgos de sus actividades de acuerdo con sus condiciones de trabajo.

Esto comprende, entre otros, a:

  • Empresas industriales, manufactureras y de mantenimiento.
  • Empresas de construcción, minería y actividades operativas.
  • Oficinas administrativas, establecimientos comerciales y centros de atención.
  • Empresas de transporte, almacenes y operaciones logísticas.
  • Empresas de servicios, limpieza, seguridad y actividades tercerizadas.

Los peligros y el nivel de riesgo varían según la actividad. En una oficina pueden existir riesgos ergonómicos, eléctricos y psicosociales; en una planta industrial pueden añadirse maquinaria, ruido, sustancias químicas y energías peligrosas.

La matriz debe responder a la realidad de cada empresa, no limitarse a un formato genérico.

¿Qué exige la normativa peruana sobre la elaboración y actualización de la IPERC?

Las principales disposiciones que deben considerarse son las siguientes:

1. Ley N.° 29783, artículo 57: evaluación de riesgos

Establece la obligación de actualizar la evaluación de riesgos como mínimo una vez al año, cuando cambien las condiciones de trabajo o cuando se produzcan daños a la seguridad y salud. También contempla la adopción de medidas preventivas cuando los resultados de la evaluación lo hagan necesario.

2. Decreto Supremo N.° 005-2012-TR, artículo 77, modificado por el Decreto Supremo N.° 002-2020-TR

Establece que la IPERC debe elaborarse y actualizarse periódicamente, sin exceder el plazo de un año, por el empleador. Debe realizarse en cada puesto de trabajo, con participación de personal competente y en consulta con los trabajadores y sus representantes en materia de SST, según corresponda.

Entre los requisitos mínimos que contempla se encuentran:

  • Las actividades rutinarias y no rutinarias, así como las situaciones de emergencia.
  • Las condiciones de trabajo existentes o previstas.
  • Los peligros y riesgos relacionados con el ambiente y la organización del trabajo.
  • Las medidas de protección que correspondan a trabajadores especialmente sensibles, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.
  • Los resultados de evaluaciones de factores de riesgo físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales.
  • Los resultados de las investigaciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Los datos estadísticos derivados de la vigilancia colectiva de la salud de los trabajadores.

3. Ley N.° 29783, artículo 21: jerarquía de las medidas de prevención y protección

La norma establece un orden de prioridad para las medidas preventivas: eliminación de los peligros y riesgos; tratamiento, control o aislamiento de aquellos que no puedan eliminarse; minimización mediante sistemas de trabajo seguro y disposiciones administrativas; y, cuando corresponda, el uso de equipos de protección personal adecuados.

Esto significa que entregar equipos de protección personal no debe ser la única respuesta ante un peligro cuando existen medidas más eficaces que pueden eliminarlo o controlarlo.

¿Cómo se elabora una matriz IPERC?

La elaboración requiere conocer las actividades que realmente se desarrollan, las condiciones del lugar de trabajo y las personas que pueden verse expuestas.

  1. Identificar los puestos de trabajo y las actividades: Se identifican las áreas, los puestos y las tareas realizadas por los trabajadores, incluyendo las actividades rutinarias, no rutinarias y las situaciones de emergencia previsibles.
  2. Identificar los peligros: Se reconocen las fuentes o situaciones con potencial de causar daño. Por ejemplo, un piso resbaladizo, una máquina sin protección, la exposición a ruido elevado o el levantamiento manual de cargas.
  3. Evaluar los riesgos: Se estima el nivel de riesgo mediante una metodología definida, considerando los criterios de probabilidad, consecuencias y otros parámetros que correspondan al método adoptado por la organización. La evaluación debe permitir distinguir los riesgos que requieren atención prioritaria y fundamentar las decisiones preventivas.
  4. Determinar las medidas de control: Se establecen las acciones necesarias siguiendo la jerarquía de controles. Según el caso, pueden incluir eliminar una fuente de peligro, sustituir un material, instalar protecciones, implementar controles de ingeniería, mejorar procedimientos o proporcionar equipos de protección personal.
  5. Asignar responsables y realizar el seguimiento: Las medidas identificadas deben traducirse en acciones concretas, con responsables, plazos y mecanismos de verificación. Una medida que figura en la matriz, pero nunca se implementa, no controla el riesgo.
  6. Comunicar, revisar y actualizar: Los trabajadores deben conocer los riesgos de su puesto y las medidas preventivas aplicables. La matriz debe revisarse cuando corresponda y mantenerse alineada con los cambios en procesos, equipos, instalaciones y condiciones de trabajo. La Resolución Ministerial N.° 050-2013-TR contiene formatos referenciales con información mínima para los registros obligatorios del SGSST y constituye una referencia complementaria para la documentación preventiva.

¿Qué ocurre si una empresa no cuenta con una IPERC adecuada?

El incumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo puede generar consecuencias administrativas y económicas.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) puede verificar la documentación y las condiciones de trabajo, así como requerir la corrección de incumplimientos dentro de sus competencias.

Entre las principales consecuencias se encuentran:

  • Multas administrativas. La Ley N.° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 019-2006-TR y sus modificatorias, regulan las infracciones y sanciones. La cuantía depende de factores como la gravedad de la infracción, el tipo de empresa y el número de trabajadores afectados.
  • Infracciones muy graves. El numeral 28.10 del artículo 28 del Decreto Supremo N.° 019-2006-TR contempla como infracción muy grave el incumplimiento de la normativa de SST que ocasione un accidente de trabajo que produzca la muerte o cause daño al cuerpo o a la salud del trabajador que requiera asistencia o descanso médico, conforme a la documentación médica prevista en la norma.
  • Responsabilidad por daños. El artículo 53 de la Ley N.° 29783 establece que el incumplimiento del deber de prevención genera la obligación de pagar las indemnizaciones correspondientes cuando proceda conforme a ley.

Es importante precisar que la falta de una matriz IPERC no implica automáticamente una multa de importe fijo ni que toda infracción tenga la misma calificación. La sanción depende de los hechos constatados, la infracción aplicable y los criterios legales de graduación.

Sin embargo, esperar a una inspección o a que ocurra un accidente para revisar la gestión preventiva puede resultar mucho más costoso que identificar y controlar los riesgos oportunamente.

Errores frecuentes al elaborar una matriz IPERC

Tener una matriz archivada no garantiza que la empresa esté gestionando adecuadamente sus riesgos. Algunos errores frecuentes son:

  • Utilizar una matriz genérica que no corresponde a los puestos ni a las actividades reales.
  • Omitir tareas no rutinarias o situaciones de emergencia.
  • Evaluar los riesgos sin consultar a los trabajadores ni considerar las condiciones observadas en campo.
  • Proponer únicamente capacitaciones o equipos de protección personal, sin analizar controles de mayor eficacia.
  • No asignar responsables ni plazos para implementar las medidas.
  • Mantener la matriz sin actualizarla pese a cambios en los procesos o a la ocurrencia de accidentes.
  • No informar a los trabajadores sobre los riesgos identificados y las medidas que deben aplicar.

Evitar estos errores permite que la IPERC sea una herramienta útil para la prevención y no un documento elaborado únicamente para completar el expediente del SGSST.

¿Tu empresa tiene una matriz IPERC actualizada y adecuada a sus actividades?

Una gestión preventiva efectiva comienza por conocer los riesgos reales de cada puesto de trabajo. Identificarlos correctamente permite priorizar las acciones necesarias, proteger al personal y fortalecer el cumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo.

En ENVEQU brindamos servicios de asesoría y apoyo técnico en Seguridad y Salud en el Trabajo, incluida la elaboración y actualización de matrices IPERC, de acuerdo con las características de las actividades y las necesidades de cada organización.

Podemos ayudarte a revisar tus necesidades, identificar los aspectos que requieren atención y orientar la implementación de medidas preventivas acordes con tu operación.

No esperes a que ocurra un accidente o llegue una inspección para revisar tus riesgos.

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Nota: El contenido es informativo y no sustituye la evaluación específica de las condiciones de trabajo ni la revisión de la normativa sectorial aplicable a cada empresa.

Referencias normativas

  1. Ley N.° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Consulta oficial del Congreso de la República.
  2. Decreto Supremo N.° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de SST, y modificatorias.
  3. SUNAFIL: Manual para la Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Determinación de Controles (IPERC).
  4. SUNAFIL: orientación sobre la evaluación de riesgos en las empresas.
  5. Ley N.° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y Decreto Supremo N.° 019-2006-TR, su Reglamento y modificatorias, sobre infracciones y sanciones laborales.